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El papel del ‘Ombudsman’ ante Castor

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Noviembre 2014 / 19

Síndic de Greuges de Catalunya

A raíz de la aprobación del Real Decreto ley del Gobierno español sobre la renuncia a la concesión del almacén de gas Castor y ante los indicios de posibles irregularidades relacionadas con la gestión y con la implicación de los consumidores finales, desde el Síndic de Greuges de Catalunya decidimos actuar con urgencia. Esta decisión viene motivada y legitimada por el Estatuto de Autonomía, que otorga al Síndic la potestad y le confiere el mandato de supervisar a la Administración y también a las empresas privadas que prestan servicios de carácter universal.

El decreto prevé que el consumidor debe hacerse cargo durante treinta años de la indemnización estipulada para la compañía concesionaria mediante un incremento en el recibo del gas. Teniendo en cuenta la desprotección de los usuarios a pesar de que su implicación en este proyecto es más que cuestionable, le corresponde al Ombudsman —en este caso, al Síndic— actuar en su defensa. Por ello, no hemos dudado en utilizar todos los instrumentos legales a nuestro alcance para evitar que los consumidores se vean obligados a asumir el coste de las indemnizaciones de las compañías concesionarias, nos hemos dirigido a los grupos del Congreso solicitando que presenten enmiendas, y lucharemos para llevar el caso ante el Tribunal Constitucional y la Unión Europea.

En el documento dirigido al Congreso, que ha sido elaborado conjuntamente con diversas entidades de consumidores, asociaciones de vecinos, sindicatos y colegios profesionales, insistimos en la necesidad de que sean revocados los acuerdos que estipulen cualquier obligación de los consumidores de asumir las indemnizaciones. También cuestionamos el hecho de que ni las compañías ni las administraciones implicadas hayan completado aún los informes requeridos. Asimismo, recomendamos paralizar las indemnizaciones a las concesionarias hasta tanto no se presenten los citados documentos y se hayan depurado las responsabilidades en relación con la gestión del proyecto.

Con respecto a los movimientos sísmicos ocurridos en la zona del Delta del Ebro, hemos recomendado que haya una compensación para las personas afectadas. En este caso, el Gobierno catalán debería asumir un papel activo y ofrecer un servicio de asesoramiento y apoyo a los afectados.

Las actuaciones del Síndic con relación al proyecto Castor no son improvisadas. En octubre de 2013 ya se abrió una primera investigación de oficio con el objetivo de esclarecer las causas de los citados movimientos sísmicos y se alertó de las consecuencias y los riesgos de estas actividades tanto para las personas como para el medio ambiente.

En el marco de esta actuación, trasladamos varias consideraciones a la Defensora del Pueblo, que es quien tiene competencia ante el Ministerio de Industria, a la Generalitat de Catalunya, y al Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana.

En el mes de junio de 2014 iniciamos una segunda investigación con el fin de determinar si las administraciones han actuado de manera irregular en la autorización. Uno de los objetivos de esta investigación es clarificar si estas explotaciones vulneran el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado reconocido por la Constitución española, y también si estas actividades cumplen la normativa europea de referencia, concretamente la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y la Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.

 

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