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Las ‘cláusulas suelo’ provocan embargos

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Febrero 2014 / 11
Foto artículo: Las ‘cláusulas suelo’ provocan embargos

Los afectados por ‘cláusulas suelo’ no transparentes se ven forzados a reclamar a los tribunales para resarcirse de los intereses excesivos cobrados indebidamente por los bancos. Muchos jueces fallan a su favor.

Una joven examina el recibo de su contrato de préstamo hipotecario. FOTO: ANDREA BOSCH

A pesar de la oleada de sentencias judiciales, incluida una del Tribunal Supremo, que anulan las cláusulas suelo de las hipotecas cuando no son transparentes, muchos afectados se ven obligados a acudir a los tribunales para exigir la eliminación de esta práctica abusiva generalizada. El titular de Economía, Luis de Guindos, pidió al Banco de España que apremiara a los bancos a cumplir la decisión del alto tribunal del pasado mayo y eliminaran estas cláusulas cuando no fueran transparentes. Su solicitud ha tenido un efecto limitado. Por otra parte, la única vía efectiva para recuperar los intereses excesivos es la reclamación judicial.

La consecuencia más grave de las cláusulas suelo es que muchas personas han sufrido el embargo de sus viviendas al no haberse beneficiado de la rebaja de los tipos de interés de los últimos años. “Con estas cláusulas, muchas familias que pagan de hipoteca 600 o 700 euros al mes han sido embargadas al no poder pagarlos por estar en paro”, señala Manuel Pardos, presidente de ADICAE, asociación de defensa de consumidores. “Sin estas cláusulas”, añade, “muchas familias pagarían la mitad y habrían evitado la incautación”.

 

DESPROPORCIÓN

Las cláusulas suelo se introducen en los contratos de préstamos hipotecario de tipo variable y tienen como objetivo limitar el riesgo de la entidad ante posibles bajadas del tipo de interés. Normalmente, se acompañan de cláusulas techo, para compensar al prestatario ante eventuales alzas. El problema es doble: por una parte, los topes fijados no son simétricos y su ubicación no es nada comprensible para el usuario por falta de transparencia. El aspecto asimétrico es evidente. Por ejemplo, si el tipo de interés estaba en el 5% resultaba muy desequilibrado fijar un tope de suelo del 4% (el prestatario nunca paga menos del 4% ) y un techo del 15% (no paga más del 15%). Resulta evidente la desproporción porque es mucho más probable que se alcance el suelo que el techo. Los tipos de interés del euríbor a tres meses han bajado desde el 5,2% en 2008 al 0,56 %actual. En la práctica, esta bajada del precio del dinero se ha convertido en una subvención a la banca.

El Tribunal Supremo, en mayo y noviembre de 2013, estimó la demanda de Ausbanc, (Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios) y anuló las cláusulas suelo incluidas en las hipotecas comercializadas por BBVA, Cajas Rurales Reunidas y NCG Banco que se había adherido al recurso. El alto tribunal condenó a las entidades entre otras razones por “falta de información suficiente” y por “la creación de una apariencia de que el suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un techo”. El fallo judicial precisaba que “no había lugar a la retroactividad” y que “no afectaría a los pagos ya efectuados”.

El Supremo no acordó la devolución de los intereses excesivos

El Tribunal condenó a los bancos por “falta de información suficiente”

Tras la sentencia, las tres entidades decidieron cumplir el fallo judicial a rajatabla: anularon las cláusulas abusivas pero no devolvieron los intereses excesivos cobrados. En el caso del BBVA, la eliminación de las cláusulas afectó a 425.000 préstamos. Cajamar y NCG Banco las retiraron también. Bankinter y Santander no han aplicado este tipo de cláusulas y esta última entidad eliminó las de Banesto, banco que absorbió en 2012.

Tras la sentencia del Supremo, Luis de Guindos solicitó al supervisor que apremiara a las entidades para retirar las cláusulas que fueran abusivas. A finales del pasado junio, el Banco de España dirigió una carta al sector bancario en la que solicitaba que indicase a sus asociados “la necesidad de revisar la adecuación las cláusulas que figuren en sus respectivas carteras de préstamos hipotecarios vivos a los criterios de transparencia establecidos por la reciente sentencia”.

El supervisor dio de plazo hasta el 31 de julio para que comunicasen “el impacto que la eliminación de las cláusulas pudiera tener sobre la cuenta de resultados”. En este sentido, Manuel Pardos critica que el “Banco de España sólo actúa como si fuera la patronal de la banca. Únicamente le preocupan los intereses de los bancos y nunca los de los usuarios”. La eliminación de las cláusulas supondrá un recorte de ingresos para la banca de unos 800 millones de euros, según estimaciones del sector financiero, que Credit Suisse eleva a 1.137 millones. En el caso del Banco Sabadell, la eliminación de esta práctica supondrá unos 100 millones de euros en 2013, según fuentes financieras. Una cifra relevante si se tiene en cuenta que la entidad obtuvos unos beneficios de 247 millones el pasado ejercicio.

Desde el punto de vista de los usuarios, estas prácticas abusivas han permitido a la banca “recaudar fraudulentamente unos 5.000 millones en los últimos años”, según ADICAE. Su presidente afirma: “Todo parece indicar que los bancos, para actuar en España, tienen que defraudar a los usuarios”.

La posición del Banco de España sobre esta materia ha sido muy condescendiente con la banca. En mayo de 2010, emitió un informe a petición del Senado en el que concluía que las citadas cláusulas “son positivas desde el punto de vista del coste medio para los clientes bancarios del crédito hipotecario a lo largo de la vida del contrato, de la estabilidad del sistema financiero y de la accesibilidad a largo plazo de la población al mercado de la vivienda”. Todo ello “con independencia de la eventual existencia de prácticas concretas de algunas entidades de crédito que no se hayan ajustado a los correspondientes requisitos de transparencia y que, por tanto, no son admisibles”.

 

MACRODEMANDA

Además de la sentencia del Supremo, numerosos jueces y algunas audiencias han obligado también a varias entidades financieras a eliminar las cláusulas y en algunos casos han condenado a los bancos a resarcir los intereses cobrados de más a los afectados. Pero existen cientos de demandas y miles de afectados pendientes de resolución en los Juzgados, presentadas por numerosos bufetes en toda España.

Marina Berga, abogada del Col·lectiu Ronda, explica que han presentado más de 50 demandas en las que “además de pedir la nulidad solicitamos también una reclamación de cantidad de los intereses cobrados excesivos con anterioridad. Hay jueces que solo anulan las cláusulas y otros que además obligan a las entidades a devolver las cantidades cobradas de más”.

ADICAE ha planteado una macrodemanda que reúne a unas 15.000 personas. La demanda fue admitida a trámite por el Juzgado Mercantil número 11 de Madrid en febrero de 2012. Desde entonces, todo han sido trabas y presiones para impedir que prospere la acción colectiva. Esta asociación ha presentado además 64 demandas agrupadas que representan a más de 800 afectados. Hasta el momento han recibido 17 sentencias a favor y 2 en contra. De los fallos favorables,13 anulan las cláusulas y condenan a las entidades a devolver el dinero cobrado de más.

Con las cláusulas, la banca ha logrado 5.000  millones, según ADICAE

El Banco de España  considera que las ‘cláusulas suelo’ han sido  positivas

Otras entidades que han incurrido en estas prácticas son Caixabank, Banco Sabadell y Banco Popular. La portavoz de la entidad catalana indicó que “tradicionalmente La Caixa no ha aplicado este tipo de cláusulas, aunque hace años cuando los tipos sufrían fuertes variaciones, los clientes podían solicitarlas”. Después de la integración de Banca Cívica y sobre todo Cajasol, hemos heredado hipotecas con estas cláusulas. “A finales de diciembre”, añadió, “contábamos con una cartera de 186.500 contratos hipotecarios con cláusulas suelo, lo cual es residual si se compara con un total de 1,3 millones de contratos hipotecarios”.

Un portavoz del Banco Sabadell indicó que en su caso las cláusulas suelo que tenían “ni eran abusivas ni adolecían de falta de transparencia”.

Las entidades financieras ya han incluido en su cuentas de resultados del tercer trimestre del pasado ejercicio el coste de la eliminación de las cláusulas suelo, según el Banco de España.

 

LA LEY EUROPEA

El mercado es incapaz de erradicar los abusos

Tanto el Tribunal Supremo como los juzgados y audiencias que han sentenciado a favor de los afectados han invocado la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que considera que “el consumidor se halla en situación de inferioridad respecto al profesional en lo referido tanto a la capacidad de negociación como a nivel de información”. El alto tribunal español se apoya en la directiva comunitaria 93/13/ CEE, que dispone que “los Estados miembros establecerán que no vincularán al consumidor, en las condiciones estipuladas por sus derechos nacionales, las cláusulas abusivas que figuren en un contrato celebrado entre este y un profesional y dispondrán que el contrato siga siendo obligatorio para las partes en los mismos términos, si este puede subsistir sin las cláusulas abusivas”.

Manifestación contra las cláusulas suelo en Madrid. FOTO: ADICAE

La doctrina establecida por los jueces del Supremo establece que “las reglas del mercado se han revelado incapa-ces por sí solas para erradicar con carácter definitivo la utilización de cláusulas abusivas en la contratación con los consumidores”. Igualmente, el Tribunal señala que “el juez puede intervenir de oficio” y, por lo tanto, “no necesita que el consumidor presente una demanda explícita en este sentido”.