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Multinacionales contra Estados

Por S. M.
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Julio 2014 / 16

Polémica por el modo de resolver litigios entre empresas y gobiernos en el proyecto de acuerdo UE-EE UU.

Granja ecológica en Bélgica.FOTO: UNIÓN EUROPEA 2011 PE-EP

La campaña de las pasadas elecciones europeas tuvo al menos un efecto positivo: ha abierto un debate público sobre el proyecto de acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y Estados Unidos, que se está negociando desde julio de 2013 en medio de la máxima opacidad. Las negociaciones, que la Comisión lleva a cabo con un mandato del Consejo Europeo que nunca se ha hecho público oficialmente, tienen como objetivo llegar a un acuerdo global que va mucho más allá que el derecho de la Organización Mundial de Comercio (OMC), y provocan múltiples recelos (1).

Lo que está en juego no es tanto la supresión de los derechos de aduana existentes —el 5,2% de media para Europa y el 3,5% para EE UU— ni lo grave que será el impacto en la agricultura europea, protegida por aranceles sobre la carne, los productos lácteos y el azúcar. La principal novedad del proyecto es la eliminación de las “barreras no arancelarias”. Entiéndase, la eliminación de las normas sanitarias, sociales, ecológicas... susceptibles de obstaculizar los intercambios en su sentido más amplio: no solo de todos de los bienes, sino también de las inversiones y los servicios —comerciales y públicos.

Las normativas son fruto de preferencias colectivas y deberían estar fuera del orden comercial, denuncian los críticos. Además, las normativas sociales y medioambientales actuales son, con frecuencia, más exigentes en la Unión que en Estados Unidos, lo que hace temer que el acuerdo provoque un retroceso a este lado del Atlántico.

 

La fractura hidráulica

La prohibición, en toda Europa, de utilizar hormonas de crecimiento para el ganado; el cultivo de Organismos Genéticamente Modificados (OGM) en muchos Estados europeos, y la prohibición francesa de la fractura hidráulica para la explotación de gas de esquisto son algunos de los asuntos sensibles...

Pero donde se concentran todas las críticas es en el mecanismo de resolución de los litigios entre los Estados y las empresas extranjeras que se puedan sentir lesionadas por alguna decisión pública. Normalmente, este tipo de acuerdos encomiendan estos litigios a un panel de arbitraje constituido por tres juristas: uno elegido por el Estado en cuestión, otro por el demandante y un tercero, de común acuerdo. La empresa litigante se zafa, así, de los tribunales locales.

Los intereses de las empresas prevalecen

El tratado haría crecer hasta un 0,5% la economía

Según la ONU (2), a finales de 2012 había 514 litigios de este tipo en 95 países. De los 244 casos solucionados, el 31% de las sentencias habían sido a favor de los inversores, el 42% a favor de los Estados y el 27% se habían solucionado con una transacción. En la mayoría de los casos, pues, las empresas o bien ganan o bien son indemnizadas.

Con esos métodos de arbitraje, dominados por la jurisprudencia estadounidense, las multinacionales consiguen que sus intereses prevalezcan frente al derecho de los Estados a legislar. Dicho de otro modo, ¡los Estados se arriesgan a tener que pagar por unas decisiones tomadas en un marco democrático y en nombre del interés general!

El proyecto es, pues, muy polémico, sobre todo si se tiene en cuenta que, aunque los dos espacios concentran el 45% del producto interior bruto (PIB) mundial, las perspectivas de aumento de crecimiento son muy escasas: un estudio remitido a la Comisión lo estima del 0,1% al 0,5% en diez años para Europa (3). ¿Merece realmente la pena?

1. Para una síntesis muy clara de las críticas véase Grand marché transatlantique : attention, danger!, por Jean Gadrey, Projet, abril 2014.

2. World Investment Report 2013
(www. unctad.org).

3. Reducing Transatlantic Barriers to Trade and Investment. An Economic Assessment, http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2013/march/tradoc_150737.pdf