Accede sin límites desde 55 €/año

Suscríbete  o  Inicia sesión

Pagar 300 euros para ser becario

Comparte
Pertenece a la revista
Febrero 2015 / 22

¿Cursos o trabajo no retribuido? Los centros privados de formación quedan fuera de la normativa que regula las prácticas académicas.

Un usuario lee la web de un “centro de formación privado”. FOTO: EVA SANLEANDRO

Pagar un curso de 300 euros para trabajar ocho horas al día sin remuneración. Estas eran las condiciones de las prácticas académicas que E. V. realizó durante cuatro meses en una empresa de Barcelona. Tiene 26 años, se licenció en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona y en febrero de 2014 aceptó pagar un curso online para incorporarse como becaria en dicha empresa: “Me estaba dejando explotar. No es la mejor forma de trabajar, pero me contrataron cuatro meses después”, afirma. La empresa huyó del marco laboral para incorporar, en condición de becario, a una persona que realizó funciones de trabajador asalariado a través de un convenio con Escuela de Empresa, un centro de formación a distancia que ejerce de fábrica de becarios.

 

CONVENIO CON EMPRESAS

Escuela de Empresa es el nombre comercial del “grupo de formación” con el que se define la empresa Formación y Docencia PFP SL, registrada en el Registro Mercantil de Madrid con el CIF B-83836957, que ofrece cursos de posgrado o máster a distancia.

Algunas prácticas tienen la misma duración  que los cursos

Ni siquiera se exige que el trabajo tenga que ver con la formación

El centro de estudios no hace seguimiento del curso ni de la beca

Según la atención al usuario del centro de formación, la incorporación de un licenciado universitario como becario sólo requiere formalizar la matrícula en uno de sus cursos a través de un convenio firmado por la empresa, el centro de estudios y el futuro becario. La duración de las prácticas es la misma que la del curso en el que el alumno se matricula. Los períodos de estancias en empresas pueden ir desde tres meses hasta un año entero, previo pago de cursos cuyos precios oscilan entre 150 y 1.100 euros. Actualmente, Escuela de Empresa ha firmado más de 1.100 convenios de prácticas con más de 1.000 empresas presentes en España.

Por otra parte, la atención al usuario afirma que sólo se exige un requisito a las empresas: “No fijamos ninguna contraprestación económica mínima; de hecho, la empresa no tiene por qué pagar nada. Simplemente estipulamos que el becario debe hacer un máximo de ocho horas diarias y 35 semanales”, aseguran.

 

EMPIEZAN LAS PRÁCTICAS

“Las prácticas en la empresa tienen como objetivo esencial asegurar la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos por el estudiante en Escuela de Empresa”, refleja el artículo 2 de su convenio de prácticas. Es un objetivo a menudo muy lejos de la realidad. Según la atención al usuario del centro de estudios, “no hace falta que la formación tenga relación con el trabajo que el alumno ejerce en la empresa”.

Una vez matriculado, el alumno recibe el material del curso, que incluye ejercicios que se deben entregar antes de la finalización del mismo y sin ningún control periódico por parte del centro de formación. Esta mezcla termina en ocasiones con el abandono del curso por parte del estudiante sin suponer ninguna consecuencia: “Muchos alumnos que han pagado el curso nunca acceden a su contenido”, se afirma en la atención telefónica de Escuela de Empresa.

 

REGULACIÓN DE LOS CONVENIOS

Históricamente, la legislación española en materia de prácticas académicas ha centrado su foco en el ámbito de los estudios universitarios, como muestra el último Real Decreto 592/2014. En él, se establece que las prácticas académicas externas realizadas por estudiantes universitarios deben tener “naturaleza formativa”, han de servir para aplicar conocimientos adquiridos en su formación académica y no tienen que derivar en obligaciones laborales, entre muchos aspectos. Se trata de un Real Decreto que sólo tiene en cuenta la actividad de centros universitarios o de centros de formación superior oficiales. Escuela de Empresa es un centro privado y, según un portavoz del Ministerio de Educación, “es perfectamente legal que decida no sujetarse a la normativa vigente”. La misma fuente añade: “La Administración pública sólo podría intervenir en el caso de que un centro oficial y con estudios homologados, y por tanto sujeto a la legislación vigente, incumpliera lo establecido en la ley”. En el caso de los centros privados, el ministerio no tiene capacidad para controlar su funcionamiento.

Con cada incorporación de una persona ya licenciada en condiciones de becario, la empresa puede ahorrarse una cantidad de dinero considerable. Aun en el caso de que la empresa decidiera pagar una contraprestación económica idéntica a la de un asalariado, el ahorro sería de unos 200 euros mensuales. Las prácticas académicas no constituyen una relación laboral, por lo que los pagos de cotizaciones en la Seguridad Social son menores. Además, un becario no supone gasto alguno en materia de contingencia de paro, Fondo de Garantía Salarial, pagas extras, indemnización por despido o vacaciones reumeradas.

Escuela de Empresa tiene convenios con 1.000 empresas

Un portavoz dice que las prácticas suelen ser de 20 horas semanales

Un portavoz de Escuela de Empresa ha confirmado que el único requisito que se exige a las empresas es un límite de horas diarias de dedicación a las prácticas por parte del alumno, que según afirma es de 20 horas semanales, o 35 horas en casos excepcionales. En cuanto a la remuneración, afirma que “es un acuerdo entre el alumno y la empresa. Es muy difícil poder evaluarlo desde fuera”. En referencia a la relación directa de los contenidos de los cursos y las prácticas, el portavoz del centro cuenta que ofrecen contenidos muy generales que pueden cubrir muchos cometidos de diversos departamentos: “Son útiles para alumnos que van a realizar prácticas en departamentos muy diferentes”, añade.

Por otra parte, el mismo portavoz de Escuela de Empresa reconoce que en caso de que el alumno abandone el curso o no acceda nunca a sus contenidos, sólo le supondrá no recibir el diploma acreditativo, pero no tendrá consecuencia alguna sobre las prácticas. Por último, niega rotundamente que el principal objetivo de sus cursos sea la posibilidad de firmar un convenio de prácticas: “La política de la Escuela no responde en absoluto a esto”, recalca.