Horas extraordinarias: las soluciones que están por venir
Sólo el 55% de las horas extra trabajadas en España se retribuyen. Para paliar el problema, los tribunales estudian si conviene obligar a las empresas a llevar un registro de toda la jornada laboral.
Según los resultados de la Encuesta de Población Activa (EPA) del último trimestre de 2017, 736.800 trabajadores realizan horas extraordinarias en España, algo menos de un 5% del total de asalariados. Este colectivo tiene un perfil claramente masculino: el 61% son hombres. Las mujeres, aunque menos afectadas por el fenómeno, sufren, también aquí, una brecha salarial: mientras que el 56% de los varones afirman ser remunerados por todas las horas extra que realizan, sólo el 46% de las mujeres pueden decir lo mismo.
En España se trabajan a la semana 6.131.400 horas extra. Esto es, 8,32 horas extra semanales por trabajador, de las cuales tan sólo se compensan, ya sea económicamente o mediante descanso retribuido, el 55%.
Los sectores más afectados son, por este orden, la industria manufacturera, el comercio, la hostelería y la sanidad. Ahora bien, en dichos sectores se compensan entre el 45% (hostelería) y el 77% (sanidad) de las horas extra, mientras que en otros la inmensa mayoría no generan contraprestación. Es el caso de las actividades financieras y de seguros (12% de horas extra compensadas), la educación (13%) y las actividades profesionales, científicas y técnicas (21%).
En promedio, la EPA arroja un total de 5,81 millones de horas extra realizadas a la semana en el último año. UGT calcula que todas estas horas podrían llegar a traducirse en 157.000 empleos a jornada completa.
Aunque las cifras no son buenas, la EPA sí refleja una evolución positiva. Así, en 2017, a pesar de que el número total de horas extra creció en un 1%, las no compensadas cayeron un 8,3%, continuando la tendencia decreciente de 2016, cuando se produjo una drástica disminución del 14,5%, coincidiendo con una campaña de la Inspección de Trabajo que incluía el control de la obligación empresarial del registro diario de la jornada, después de que la Audiencia Nacional interpretase que dicho registro debía llevarse a cabo en todo caso, y no sólo cuando se realizasen horas extraordinarias, como habían venido interpretando algunos tribunales.
Sin embargo, la Inspección se vio obligada a corregir su criterio en 2017, en el momento en que el Tribunal Supremo tumbó la doctrina de la Audiencia Nacional, al entender que la ley no impone dicha obligación de registrar la jornada, sino exclusivamente de las horas extra realizadas. El TS, no obstante, admitió que “convendría una reforma legislativa que clarificara la obligación de llevar un registro horario y facilitara al trabajador la prueba de la realización de horas extraordinarias”.
El PSOE respondió a la invitación del tribunal y en junio presentó una proposición de ley que introduce la obligación del registro diario de la jornada, con indicación del horario de entrada y salida de cada trabajador, así como de conservar los registros en durante cuatro años. La proposición fue admitida a trámite con el apoyo, entre otros, de Podemos, y las abstenciones del PP y Ciudadanos.
Estando pendiente su tramitación, en enero de 2018 la Audiencia Nacional se ha adelantado a formular tres cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, consultándole si la interpretación del TS cumple con la normativa comunitaria. Cabe apuntar que el registro horario es obligatorio, con independencia de la realización de horas extra, en buena parte de Europa (Francia, Italia, Portugal, Reino Unido…). No así en Alemania, donde, como en España, sólo se exige el registro de las horas que excedan de la jornada ordinaria.
Pues bien, está por ver si, bien mediante la aprobación de la propuesta socialista, bien por intermediación de la justicia europea, vuelve a imponerse la obligación de registro y, en su caso, si ésta y su debido control por la Inspección de Trabajo, permiten corregir un fenómeno que no deja de indignar en un país con una tasa de paro que supera el 16%.