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La digitalización, oportunidad para los derechos laborales

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Marzo 2022 / 100

Fotografía
Andrea Bosch

Avances: La regulación del trabajo en plataformas y la capacidad de los autónomos para negociar colectivamente servirán para medir la voluntad política de la UE.

Con la llegada de la transición digital, uno de los retos más apremiantes es definir de manera precisa el futuro del trabajo, así como la dimensión social y humana de la digitalización. 

Las propuestas al respecto recién elaboradas [por Bruselas] nos hablan sobre la voluntad de las instituciones de la Unión Europea sobre esta empresa fundamental. El 9 de diciembre, la Comisión Europea presentó una propuesta de directiva sobre las condiciones laborales de los trabajadores de plataformas digitales. Ese mismo día también propuso una serie de directrices que permitirían redefinir el campo de aplicación del derecho de la competencia de la Unión con el fin de permitir la negociación colectiva entre trabajadores por cuenta propia.

Estas iniciativas llegan tras años de enérgicos debates entre expertos y responsables políticos sobre el impacto disruptivo que ejercen las plataformas digitales y la inteligencia artificial (IA) en el mundo laboral, tanto en materia de condiciones de trabajo como de transformación del mercado laboral.

Con estas nuevas propuestas, suponemos que la transición digital se convierte en la oportunidad perfecta para reflexionar de forma más extensa sobre cómo asegurar la resiliencia de los derechos laborales en el futuro. Pero ¿hasta dónde llegarán los vientos de cambio?

Dignidad en las plataformas

La Comisión plantea la primera dimensión de la digitalización a través de la regulación de la economía de plataformas. El proyecto de directiva sobre la cuestión también interviene en el intenso debate sobre la clasificación más apropiada de las personas que trabajan a través de plataformas, como trabajadoras o como autónomas, y pretende aclarar este tema. La legislación propuesta introduce, si se cumplen unos criterios específicos, una presunción del estatus de asalariado que contribuirá a corregir las imperceptibles estrategias de las plataformas con respecto al cumplimiento de los sistemas nacionales de empleo y de protección social.

Esta iniciativa otorgaría, sin lugar a dudas, más dignidad a los trabajadores de plataformas y, al mismo tiempo, obligaría a las plataformas a asumir su responsabilidad social.

No obstante, la propuesta podría haber ido más lejos. La directiva corre el riesgo de afectar únicamente a las plataformas que organizan el trabajo desempeñado por particulares (artículo 2), y podría excluir a ciertos crowdworkers (trabajadores colaborativos en plataformas digitales). Asimismo, hay que dedicar más esfuerzos a desvincular el acceso de los trabajadores a los derechos laborales de la dicotomía entre subordinación y autonomía.

Por un enfoque universal

Quizás ha llegado el momento de reconocer que el futuro de los derechos de los trabajadores reside en el abandono de esta dualidad en favor de un enfoque más universal. Se podría lograr si, por ejemplo, se ampliara el reconocimiento de los derechos de los trabajadores a todos los casos de gestión algorítmica. La propuesta ya establece que, en caso de que se tome una decisión automatizada, se otorguen una serie de derechos a todos los trabajadores de plataformas independientemente de su condición (derecho a la transparencia del sistema utilizado; derecho a la información y consulta para representantes de trabajadores; derecho a la supervisión humana de los mecanismos automatizados; medidas de prevención de riesgos para la salud y seguridad y derecho a la protección de datos). Sin embargo, el cambio de paradigma aún no es efectivo, pues los derechos en materia de empleo y protección social siguen ligados a la existencia de una relación laboral. 

Un mercado laboral más equitativo

Por otra parte, la economía de plataformas no es la única. La Comisión Europea también manifestó que es consciente de la necesidad de intervenir ante otro efecto de un mundo cada vez más digitalizado: la aparición de las empresas que han ido ganando un poder extraordinariamente fuerte.

La transición digital permite los llamados monopsonios en el mercado laboral, que se producen cuando unas pocas empresas (o una sola) "compran la mano de obra". Por tanto, estos empleadores, entre los que se incluye Amazon, tienen la capacidad de bajar el coste de trabajo y de provocar un deterioro general de las condiciones de trabajo en industrias y sectores de producción enteros.

Mediante el reconocimiento del derecho de los autónomos a negociar colectivamente sus condiciones de trabajo, la Comisión adopta una medida positiva para limitar el excesivo poder de negociación de estas superempresas.

En juego está asegurar unas condiciones de trabajo dignas en las próximas décadas

El campo de aplicación de las directrices es bastante amplio, ya que protege a todos los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia que se encuentran en "una situación comparable a la de los empleados"; es decir, quienes obtienen al menos el 50 % del total de sus ingresos anuales de una sola entidad, quienes trabajan junto a empleados y quienes trabajan a través de plataformas digitales de trabajo.

También se ampara a quienes están "en posición de debilidad en las negociaciones con sus homólogos y, por tanto, son incapaces de influir significativamente en sus condiciones de trabajo". Esto incluye a las personas proveedoras de servicios, a actores con un cierto poder económico y que representan a todo un sector o industria, o que tienen un volumen de negocio anual superior a los 2 millones de euros o una plantilla de más de 10 trabajadores (individual o conjuntamente). Finalmente, también cubre a los trabajadores autónomos autorizados a negociar colectivamente en virtud de la legislación nacional o europea.

No obstante, el alcance de esta iniciativa se podría ampliar considerablemente porque, por ejemplo, la alusión a umbrales cuantitativos presentes en algunos casos podría excluir a ciertos trabajadores vulnerables. Tampoco queda claro todavía cómo tener en cuenta a los autónomos que utilizan activos considerables para realizar su trabajo. Asimismo, el preámbulo 16 de las directrices es bastante problemático, pues la Comisión considera de facto que el ejercicio del derecho de huelga por parte de los autónomos "puede ocasionar problemas de competencia" y, por tanto, debería someterse a una prueba de proporcionalidad.

¿Qué dirección?

La transición digital ha acelerado la crisis del derecho laboral, pero también ofrece la oportunidad de debatir para reorientar e, incluso, mejorar los derechos laborales.

El proceso de elaboración de estos reglamentos no ha hecho más que empezar: la directiva sobre los trabajadores de plataformas tendrá que debatirse y enmendarse para, finalmente, adoptarse, tras un debate en el Parlamento Europeo y en los gobiernos nacionales dentro del Consejo, mientras que las directrices sobre el derecho de la competencia están en proceso de consulta. 

La dirección que se siga revelará la voluntad política real de las instituciones de la UE, y también desvelará si es lo suficientemente sólida para impedir que los derechos laborales no se sacrifiquen (otra vez) en el altar de las fuerzas del mercado y de los poderosos actores del mundo de los negocios.