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Profundizar en los abusos bancarios

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Pertenece a la revista
Abril 2017 / 46

Acabo de recibir el último número de la revista, cuyo editorial, “Una banca insostenible”, reitera la atención preferente que la revista viene dedicando a las prácticas bancarias que los tribunales caracterizan como abusivas.

No creo que se pueda negar que la banca española ha carecido de un comportamiento ético en muchas de sus actuaciones para con los consumidores, 

Sin embargo, en mi opinión, la revista no profundiza de manera adecuada en esas prácticas, como creo que sería exigible en una publicación especializada en temas económicos y que otorga tan enorme importancia a la ética de los negocios.

Me explico con un par de ejemplos en los temas a los que más atención ha dedicado la revista:
 
LAS PARTICIPACIONES PREFERENTES Y LA DEUDA SUBORDINADA: 

Aunque es indudable que su comercialización ha incurrido en numerosos abusos y que su colocación no prestaba una atención preferente a los potenciales riesgos de pérdida de nominal o intereses previstos en su emisión, también me parece claro que la revista tampoco ha profundizado en la naturaleza de esos riesgos y, con ello, en su importancia en el momento de la colocación. 

Así, un análisis riguroso de las cláusulas contractuales de las emisiones, incluso las realizadas en 2009, mostraría que la probabilidad de que las preferentes y, sobre todo, las deudas subordinadas pudieran absorber pérdidas era extraordinariamente remota, casi imposible de prever antes de 2009.

La absorción de esas pérdidas no fue una decisón de los emisores, sino fruto de una decisión del Gobierno de España cuya legalidad es muy discutible (como muy bien señala el libro dedicado a este tema por Andreu Missé) y que desde luego no se guió por su preocupación por los intereses de las familias a las que habían sido vendidos estos productos financieros.

El carácter remoto de esa probabilidad, o el respeto por los emisores de la práctica generalizada de dar liquidez sin dificultades a esos productos, no sirve para exculpar a los bancos de una colocación inapropiada a personas incapaces de comprender los riesgos a los que podrían enfrentarse, pero sí matiza la falta de ética de los emisores y, sobre todo, de sus empleados, muchos de los cuales también adquirieron esos valores.

Por último, llama la atención  que ni el libro publicado por el director de la revista ni ésta se hayan preguntado cuál era la causa o razón a la que los compradores de esas preferentes o subordinadas atribuían el mucho mayor rendimiento que, sobre sus imposiciones a plazo, les ofrecían los emisores.
 
LAS CLÁUSULAS SUELO:

Sorprende que la revista no haya analizado ni se haya pronunciado sobre la racionalidad económica de estás cláusulas ni sobre su eventual influencia en el precio y las condiciones de las hipotecas a tipo variable. Tampoco se han comentado o hecho mención alguna de las normas bancarias del Ministerio de Economía y del Banco de España sobre la transparencia exigible en la concesión de hipotecas, vigentes desde 1985 y, desde luego, no he visto criterio alguno de la revista sobre su valor o insuficiencia.

Al contrario, se han asumido como prueba de la “perversidad” de la banca unas sentencias de nuestros tribunales que no muestran incumplimiento alguno del comportamiento requerido a los bancos por los reguladores, y cuyas innovadoras exigencias en absoluto sugieren que los bancos hayan tenido un comportamiento carente de ética.

Creo por tanto que si la revista profundizara con mayor rigor en los diversos aspectos técnicos de estos asuntos podría haber llegado a conclusiones más matizadas sobre la naturaleza de las prácticas bancarias en España, prácticas que, en mi opinión, no pueden tratarse todas bajo un mismo rasero de falta de ética o de respeto a los intereses de los clientes.

José Manuel Gómez de Miguel (Madrid)