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Cotizar en función de los ingresos

Por A.T.
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Enero 2019 / 65

Pacto: Este año quienes trabajan por cuenta propia ven aumentar 5 euros al mes su base de cotización, a la espera de la gran reforma del régimen de autónomos.

La última semana de este mes, el Gobierno de Pedro Sánchez se ha comprometido a poner sobre la mesa una propuesta para resolver una de las mayores incongruencias que arrastra el colectivo de personas que trabajan por cuenta propia: la que se da entre la cuantía que cotizan a la Seguridad Social —en vistas a disponer, si lo necesitan, de protección social y, sobre todo, de cara a su futura jubilación— y los ingresos reales que obtienen por su trabajo. Actualmente, con independencia de sus ingresos, el 86% de integrantes del colectivo de autónomos cotiza por la base mínima, que hasta diciembre pasado era de 932,70 euros. Este año, esta base ha aumentado un 1,25% (traducido en dinero, son cinco euros más al mes), según el  acuerdo alcanzado finalmente con las organizaciones que representan a los autónomos (ATA y UPTA) y el Ejecutivo. La asociación UATAE, que se había descolgado del acuerdo, se le acabó sumando cuando el Gobierno dibujó un horizonte temporal para concretar cómo ligar cotizaciones e ingresos.

La fecha comprometida es el 31 de enero, con seis meses de tiempo para negociar con un colectivo que en España engloba a 3,26 millones de personas, y también con sindicatos y patronales en el marco del diálogo social. La posibilidad de un adelanto electoral corre el riesgo de que el proyecto quede en el aire.

Las bases de cotización son las cuantías de ingresos a partir de las que se determina qué cuota hay que pagar a la Seguridad Social. Si la base es mayor, se le aplican tipos de cotización más altos, luego se contribuye con más dinero y se acumulan más derechos.

Sánchez prometió la reforma para este enero

Según lo pactado, los tipos aumentarán de forma progresiva: un 30% este año (el 30,3% en 2020, el 30,6% en 2021 y el 31% en 2022).  En realidad, es un pacto provisional, que sirve de puente al esperado nuevo régimen de cotizaciones que vincule cotizaciones e ingresos.

Por otra parte, el acuerdo ha supuesto frenar la subida de bases de cotización que habría resultado de forma automática del incremento del salario mínimo interprofesional (SMI). Cuando sube el salario mínimo, sube la base de cotización, también la de los autónomos. La subida del 22,3% del salario mínimo, a 900 euros mensuales, habría significado una importante subida de la cotización. Después de muchas idas  y venidas, y ante las quejas de buena parte del sector, el Ejecutivo desactivó este incremento. Así que, por primera vez las bases de cotización de los autónomos están por debajo de los de los trabajadores del régimen general.

Uno de los aspectos clave que deberá abordar la reforma del régimen de cotización de autónomos prevista para el 31 de enero es  cómo abordará las cotizaciones de las personas trabajadoras por cuenta propia cuyas rentas no alcancen el salario mínimo. Hasta ahora, se estima en medio millón la cifra de autónomos con ese tramo más bajo de ingresos. Con la subida del salario mínimo, se calculan en cerca de 800.000 afectados.

Las asociaciones ATA y UPTA, que habitualmente discrepan en sus posiciones, pactaron, sin embargo, hace medio año proponer conjuntamente un sistema de cotización por tramos que, en el caso del inferior al salario mínimo, incluía una tarifa hiperreducida de 50 euros mensuales durante dos años, prorrogables a otros dos, siempre que pudieran demostrar ante Hacienda que los ingresos persistían en el mismo nivel. Es una vía de evitar que se facture por la actividad sin darse de alta en la Seguridad Social. Por ahora, el Ejecutivo ha apuntado que habrá una cotización atenuada para estos autónomos.

El pacto de subida de bases de cotización entre autónomos y Gobierno incluye algunos cambios importantes, como la obligatoriedad de cotizar por cese de actividad. Sobre el papel, a cambio de dicha obligatoriedad, van a producirse facilidades para que quienes hayan cotizado para poder cobrar el paro no se queden sin ese derecho. Actualmente, la mayoría de autónomos que han cotizado y se quedan sin trabajo ven rechazada su petición, con el argumento de que no cumplen criterios para acreditar que en efecto se ha producido el cese de actividad. Solo el 15% de lo que se recauda por el pago de cuotas por este concepto se usa para pagar prestaciones por desempleo.

A cambio de la subida de bases, los autónomos también tienen ahora derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja, y podrán acceder a la formación continua y al reciclaje profesional.

La tarifa plana en vigor ha pasado de 50 a 60 euros al mes. Asimilada a la cotización para contratos de formación y aprendizaje. Tras los primeros 12 meses, se mantienen las bonificaciones actuales.