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La nueva ley incluye anzuelos y aparca el problema de fondo

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Enero 2018 / 54

01. Tarifa plana

 
La tarifa plana de 50 euros pasa de seis a doce meses. Para jóvenes, doce meses más. Hace falta no haber estado dado de alta en los anteriores dos años.
- Bajan a la mitad los recargos por el pago con retraso de la cuota de cotización (del 20% al 10% el primer mes).
- Es posible darse de alta y baja tres veces durante el año (hasta 4 veces se puede cambiar de base de cotización).
- Hay bonificaciones por violencia de género, entre otras. 
 
 

02. Contratación y emprendedores

 
Tiene bonificaciones en la cuota de contingencias comunes contratar a familiares (hasta el segundo grado) si el contrato dura seis meses y no han despedido antes. Los autónomos societarios o con más de 10 trabajadores ven desligada su cuota del salario mínimo. Se ajustará a los Presupuestos Generales del Estado.
 
 

03. Cese de actividad

 
Por ahora no cambia la prestación por cese de actividad, cuyo funcionamiento no ha despegado: no alcanza al 1% la proporción de beneficiarios. Los ingresos por cotizaciones por cese de actividad de los autónomos se han reducido el 11% en los últimos tres años.
 
 

04. Deducciones en las facturas

 
Facturas de luz, telefonía, agua o gas… Son deducciones para quien desarrolle su actividad en casa y no tenga otro local ligado a la misma actividad. Facilidades de conexión a Internet en localidades de hasta 5.000 habitantes.
- Se pueden deducir 27,27 euros diarios por dietas y manutención si se paga por medios electrónicos, y con factura.
- Finalmente no se puede deducir por gastos de vehículo en el IRPF, se pedía un 50%.
 
 

05. Trabajadoras autónomas: maternidad

 
Trabajadoras autónomas: bonificación por baja por maternidad y paternidad o adopción. Tarifa plana para mujeres que retomen la actividad en los dos años posteriores a la maternidad.
 
Exención del 100% en la cuota durante un año cuando se tienen menores a cargo (se pasa de 7 a 12 años) y  dependientes.
 
 

06. ‘Habitualidad’

 
La ley no aclara gran cosa sobre qué es una actividad habitual, que obliga a cotizar. La jurisprudencia señala que se da cuando se supera el salario mínimo de un año natural.
 
Como novedad, se puede cotizar sólo por los días dados de alta dentro de un mes, y no por el mes entero.
 
 

07. Accidente laboral

 
Se reconoce el accidente laboral ‘in itinere’, que son los que tienen lugar mientras el trabajador se desplaza de su domicilio a su puesto de trabajo o al revés. Sin embargo, este reconocimiento está sometido a ciertos requisitos. Por ejemplo, tiene que haberse registrado como domicilio fiscal. 
 
 

08. Jubilación y pensiones

 
Se puede cobrar el 100% de la pensión de jubilación y seguir trabajando por cuenta propia, pero sólo en el caso de que se contrate a una persona, como mínimo. Desde el sector se pide que no haga falta tener trabajadores a cargo.
 
 

RETRASOS

 

A LA ESPERA DE UN RÉGIMEN SANCIONADOR PARA MOROSOS

 
Más de medio millón de trabajadores autónomos han tenido que cesar su actividad a lo largo de la última década porque sus clientes no les han pagado o les han pagado demasiado tarde, según las cifras que maneja la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA).  La morosidad es uno de los principales quebraderos de cabeza de los trabajadores por cuenta propia. La situación mejora muy lentamente, y la ley no se cumple. Según los datos de la asociación, el sector público pagó 11 días más tarde de lo que permite la ley, que en el caso de las administraciones es de 60 días. Por lo que respecta al sector privado, el tope es de 30 días. Los autónomos cargan a menudo contra los retrasos por parte de las grandes empresas y confían en que durante el año que acaba de empezar sea posible imponer un régimen sancionador que castigue los retrasos.
 
El acceso al crédito sigue siendo una preocupación por parte del colectivo, que alerta de que las condiciones de acceso a financiación les pone las cosas difíciles.
 

Empleo descalificó a  Factoo por simular ser cooperativa

En el caso de los autónomos que trabajan de manera ocasional o cuyos ingresos son muy bajos, el gran asunto pendiente es cómo cotizar de manera que trabajar les salga a cuenta. Lo refleja la expansión de iniciativas societarias que han surgido últimamente con la idea de facturar sus trabajos por ellos. A menudo, las empresas simulan ser cooperativas de trabajo asociado y, según el Ministerio de Empleo, simulan también una relación societaria con profesionales. Uno de los casos sonados es el de Factoo, que daba de alta a los trabajadores por breves periodos (llegó a tener a 5.000 de alta) cuando en realidad son autónomos que no cotizan. La actividad de Factoo ha sido descalificada por parte del Ministerio de Empleo porque “no realiza actividad cooperativizada alguna”.
 
 

RETA

 

QUIÉN Y CUÁNTO DEBEN COTIZAR, PENDIENTE DEL CONGRESO

 
Un 86,4% de los afiliados al régimen de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos  (el RETA) cotiza por la base mínima (919,80 euros), pero no llega al 1% de los autónomos de alta que lo haga por la máxima (3.642 euros).  El RETA presenta un claro problema de contributividad: los ingresos por cuotas de trabajadores autónomos suman, según los Presupuestos Generales del Estado de 2017, 11.500 millones de euros, mientras los pagos en pensiones ascienden a 17.500 millones.
 
Cubrir este desfase de 6.500 millones es una patata caliente del RETA. La Federación ATA recuerda, sin embargo, que el régimen especial gozaba de plena salud hasta que en 2008 se le incorporaron los autónomos agrarios. La proporción de 3,1 cotizantes por pensionista pasó a 1,9, tras asumir 780.000 nuevos pensionistas agrarios, pero sólo 250.000 cotizantes.
 
El estudio de cómo equiparar la protección social de los autónomos, sobre todo en paro y pensiones, se ha dejado para para una subcomisión de la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso de los Diputados, a la que van llegando aportaciones de las partes interesadas, y que deberá culminar su tarea en verano. La Confederación CIAE alerta que si de golpe las contribuciones a la Seguridad Social se tuvieran que realizar de verdad acorde con los ingresos, “sería la puntilla a una gran cantidad de la actividad” y prefiere dejarlo en “una meta a largo plazo”. ATA prefiere “pedagogía a imposición” de  cotizaciones según ingresos reales porque son muy variables. Desde UPTA se propone que los 300.000 autónomos que perciben ingresos inferiores al salario mínimo  deberían poderse acoger a la ‘tarifa plana’ para que emerja la economía sumergida; no tocar nada para quienes tienen ingresos entre el SMI y los 40.000 euros de ingresos (un 70%); y para los más de 600.000 que ganan más, un mayor esfuerzo: que su base  mínima duplique la de la mayoría (1.800 euros). CCOO apunta que la elección de las bases de cotización se limite según la edad (más o menos de 47 años).