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Los asociados: de profesores a ‘pobresores’

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Noviembre 2018 / 64

Pedimos que se modifique la ley y se cree una nueva figura de profesor universitario.

Todas las universidades públicas españolas, sin excepción, han pervertido la figura legal del asociado hasta dejarla reducida, en la mayoría de los casos, aunque no en todos, a polvo, a sombra, a humo, a nada. 

Además de la discriminación económica, un asociado no puede cobrar quinquenios, aunque lleve 10, 15, 20 o 30 años dando clase; acceder a los programas de evaluación de la calidad de la docencia y, en consecuencia, a verse recompensado por ello (algunas universidades, pocas, sí que se lo permiten);  acceder a las convocatorias de ayudas para realizar estancias docentes o de investigación en el extranjero; dirigir tesis doctorales; constituir un grupo de investigación; ser investigador principal de uno ya constituido o integrarse fácilmente en proyectos de investigación; solicitar sexenios de investigación; acogerse a los beneficios sociales de las universidades (como las bonificaciones de las tarjetas de transporte público); cobrar las vacaciones de verano, porque es despedido cuando acaba el curso en julio y recontratado en septiembre (es el caso de la Universidad Autónoma de Madrid);  tener un cargo de gestión o representación en su universidad, salvo el de delegado sindical o representante de los trabajadores, y ejercer derechos políticos elementales como los de votar o ser votado (un ayudante de doctor puede ser vicedecano, pero un asociado, no), o iniciar una carrera académica, porque está encerrado en un bucle laboral del cual le resulta muy difícil salir.

La situación laboral del profesorado asociado constituye un rotundo fraude de ley, habida cuenta de que los rectorados de todas las universidades públicas españolas están utilizando su figura contractual para cubrir necesidades estructurales y permanentes de trabajo, cuando en realidad dicha figura fue creada por el legislador con el propósito de que aquellas pudieran atender a necesidades docentes provisionales muy concretas mediante profesionales de reconocido prestigio sin afanes de carrera académica.

Los profesores asociados son, a lo corto, los grandes olvidados de la estructura universitaria pública española. Son los parias de un sistema ya de por sí esclerótico y medieval, plagado de problemas adicionales como el nepotismo, el clientelismo, el corporativismo, la arbitrariedad, el navajeo entre clanes enfrentados, la opacidad y la falta de oxígeno.

 

SOLUCIONES

Las soluciones han de venir de los siguientes responsables de las Administraciones públicas: el Ministerio de Educación (el principal responsable), que debe acometer una reforma profunda, estructural, del actual sistema universitario español, derogando o modificando radicalmente la ley orgánica de universidades, sobre todo en lo referente al profesorado universitario de mayor precariedad (los asociados); las consejerías de Educación de las comunidades autónomas, que tienen que dotar presupuestariamente a las universidades de su competencia con los recursos normativos y económicos suficientes para que estas puedan consolidar y desarrollar sus plantillas docentes conforme a unos criterios laborales dignos; los rectores de las universidades públicas, quienes están obligados a reconocer la injusticia de la situación jurídica y laboral en la que se encuentra su personal docente e investigador; los profesores funcionarios, que prefieren que su universidad contrate a un profesor asociado para que les dé las clases mientras ellos se dedican a otras tareas menos premiosas (gestión o investigación), y los propios asociados, que solo recientemente han empezado a movilizarse para defender sus derechos.

La AEPA-UP la modificación de la LOU para que se cree una nueva figura de profesor universitario, la del profesor adjunto, cuyos contratos deberán celebrarse entre profesores con un mínimo de permanencia de cinco años como profesores asociados en la misma universidad. Dichos contratos deberán ser de carácter indefinido con dedicación a tiempo parcial o a tiempo completo. En el caso de ser parcial la universidad no podrá imponer una contratación que suponga una reducción respecto de la última jornada desempeñada. La finalidad del contrato será la de desarrollar tareas de docencia y de investigación.

Además, la legislación autonómica deberá establecer mecanismos de promoción específicos de esta figura para aquellos que reciban la evaluación positiva por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o del órgano de evaluación externo que la ley de la comunidad autónoma determine.

Tras varias reuniones con los responsables de Educación de los grupos políticos representados en el congreso de los diputados, con dirigentes ministeriales y con el presidente de la CRUE, los miembros de la AEPA-UP están aún a la espera de encontrar una solución viable a un problema que afecta no solo a muchos miles de profesores y a sus familias, sino que constituye una verdadera lacra para la consecución o consolidación de la tan ansiada excelencia universitaria.

 

*Sindicato de Trabajadores de las Universidades Madrileñas y la Asociación Estatal de Profesorado Asociado de las Universidades Públicas