Accede sin límites desde 55 €/año

Suscríbete  o  Inicia sesión

Le ley debe facilitar la transmisión

Comparte
Pertenece a la revista
Julio 2013 / 5

La transformación de una empresa mercantil en una cooperativa de trabajo se encuentra recogida en la ley. A través de esta opción, los trabajadores pueden convertirse en propietarios y mantener sus empleos. Sin embargo, no se viene realizando cuando la firma se encuentra sana, los empresarios se jubilan o no desean continuar, ni en el momento en que se trata de una empresa en proceso concursal. 

La legislación concursal se ha modificado en los últimos cuatro años en España en tres ocasiones, pero esto no ha servido para transmitir empresas a los trabajadores.

Los trabajadores deben tener preferencia 

En la Confederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado entendemos que la actual legislación concursal no prevé ni fomenta la transmisión a los trabajadores. Tiene una finalidad más liquidatoria que de mantenimiento de la actividad empresarial y de los puestos de trabajo. 

Por eso, proponemos cambios. Por ejemplo, que incluso antes del nombramiento del administrador concursal, se emita un informe en el que se recoja expresamente la posibilidad de que los trabajadores, en calidad de acreedores, puedan adquirirla de forma preferente. Esta opción se podría realizar mediante la compra por los trabajadores, también de forma preferente, de los medios de producción, compensando las deudas salariales hasta donde alcancen. En la misma línea de medidas, la transmisión de la firma a los trabajadores no debería considerarse como sucesión de empresa, respecto al resto de los acreedores y sus derechos de cobro sobre la entidad concursada. Asimismo, la legislación debería aceptar los derechos de cobro futuros en posesión de los trabajadores, como garantía de pago.

En estos momentos, la ley concursal tendría que incorporar el mantenimiento de los puestos de trabajo como un elemento determinante a la hora de evaluar las ofertas económicas y fomentar que sean los propios trabajadores quienes adquieran los medios productivos. Debería valorarse más el plan empresarial y de mantenimiento de empleos que la oferta económica.

No esperemos a que se cierre el proceso concursal, a que los trabajadores vayan al paro y capitalicen su desempleo para mantener puestos de trabajo mediante la transformación en cooperativa laboral (con la posible pérdida de clientes o desánimo de los trabajadores). Démosles la oportunidad antes, que sea el propio administrador concursal quien posibilite esta opción. Ya en el primer trimestre de 2013 el número de deudores concursados aumentó en su tasa anual un 22,8%. 

Hay otra salida. Existe una alternativa  empresarial: participativa, flexible y democrática: las cooperativas de trabajo.


ARTÍCULOS RELACIONADOS:

- Las empresas recuperadas se multiplican