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El plan de Warren y Sanders

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Diciembre 2019 / 75

Las recetas laborales de ambos aspirantes al liderazgo demócrata en EEUU suponen cambios de calado, sobre todo la cogestión empresarial de los trabajadores.

ILUSTRACIÓ: Pedro Strukelj

Elizabeth Warren tiene un plan. La estrategia de la senadora por Massachusetts, aspirante a candidata del Partido Demócrata a la presidencia de Estados Unidos, se basa en la oferta de un programa político extenso, fundamentado y con propuestas específicas. Entre las más populares, un impuesto al 0,1% más rico, que cuenta con el apoyo de algunos de los potenciales afectados, como George Soros y Abigal Disney, y de la gran mayoría de la población estadounidense.

Bernie Sanders, senador por Vermont, y tercero en las encuestas, propone una reforma tributaria todavía más ambiciosa. Tanto uno como otro defienden, además, un sistema sanitario público y universal (Medicare for All), aunque plantean distintas formas de financiarlo. El apoyo conjunto a ambos candidatos supera con creces al del más moderado exvicepresidente Joe Biden, cuyo liderazgo en los sondeos se ha visto recientemente amenazado por el ascenso de la senadora.

A Sanders le gusta recordar que, mientras él se declara “socialista”, Warren se ha definido como “una capitalista hasta los huesos”. En teoría, Sanders busca transitar hacia el socialismo democrático, mientras que Warren dice querer refundar el capitalismo, pero los medios de uno y otro para alcanzar cada uno de esos fines se parecen mucho. En cualquier caso, ambos programas traerían cambios de gran envergadura, entre ellos, aunque menos comentado en los medios, una profunda reforma laboral.

Ambos candidatos proponen subir el salario mínimo, estancado desde 2009, de 7,25 dólares a 15 dólares por hora, una subida superior al 100% que se estima que beneficiaría a 27 millones de trabajadores. No obstante, la mayoría de los Estados tienen establecidos salarios mínimos superiores. Sugieren, además, actualizar el salario mínimo conforme al crecimiento del salario mediano, una relación que la Unión Europea (UE) estudia establecer a escala comunitaria: el Partido Socialista Europeo propuso —y ha logrado— incluir en la agenda de la Comisión un salario mínimo equivalente al 60% del salario mediano en cada Estado.

 

DERECHOS INDIVIDUALES

Warren y Sanders, conscientes de que la subida del salario mínimo (recientemente rechazada por el Senado, de mayoría republicana) exige la aprobación del legislativo, se comprometen a que su Administración exija a sus contratistas estándares laborales superiores a los legalmente vigentes. Es decir, que las empresas  que contrate el Gobierno estadounidense paguen salarios de al menos 15 dólares por hora, algo que, en España, sin embargo, resultaría de dudosa legalidad. La ley española (transposición de dos directivas europeas) promueve la incorporación de criterios sociales en la contratación pública desde 2018. Sin embargo, no está claro que la mejora de los salarios legales pueda constituir un criterio válido de adjudicación. Algunos tribunales lo han rechazado, argumentando que los salarios no están vinculados al objeto del contrato.

Ambos candidatos proponen prohibir las cláusulas de no competencia poscontractual, que impiden a los trabajadores pasar a trabajar para una empresa competidora, bajo amenaza de sanción. Estas cláusulas —prohibidas en California y otros Estados norteamericanos, pero aceptadas e incuestionadas a este lado del charco— se han demostrado perjudiciales tanto para los trabajadores —deprimen los salarios del sector, y desincentivan el cambio profesional y la iniciativa empresarial— como para la economía —dificultan la innovación e impiden la captación de talento a empresas de nueva creación—.

Sanders propone, además, acabar con el despido libre, una práctica legal en EE UU, e incorporar un estándar común en Europa: la exigencia de que el despido se base en causas objetivas.

Ambos proponen que la plantilla elija al 40%, o más, de los consejos

La reforma busca reforzar el derecho a la huelga

Los demócratas plantean reconocer expresamente la prohibición de discriminación por orientación sexual o identidad de género en el trabajo, reconocidas en Europa, la primera, por una directiva de 2000, y la segunda, por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), en 1996. El Tribunal Supremo estadounidense, de mayoría conservadora, debe decidir, en los próximos meses, si la prohibición de discriminación por razón de sexo recogida en la Ley de Derechos Civiles de 1964 se extiende también a estos supuestos. Resulta imprescindible poner el foco en este tipo de discriminación, que, aunque prohibida en la teoría, también aquí está lejos de ser erradicada en la práctica —la tasa de paro de las personas trans, en España, supera la estremecedora cifra del 80%—.

Warren y Sanders se proponen combatir, también, el fenómeno de los falsos autónomos, pensando, especialmente, en los trabajadores de plataformas, cuya clasificación es objeto de debate en todo el mundo. En concreto, en España, contamos con pronunciamientos judiciales para todos los gustos. Actualmente, existe paridad de sentencias en un sentido y en otro. El debate todavía no ha tenido oportunidad de ser resuelto por el Tribunal Supremo, y el legislador ha evitado intervenir hasta la fecha.

Entretanto, y hasta que se aclare la clasificación de los trabajadores de plataformas, Warren quiere reformar la legislación sobre competencia para asegurar que estos puedan sindicarse para negociar salarios. Las leyes de competencia prohíben que las empresas se unan para fijar precios en perjuicio de los consumidores, prohibición que se extiende a los trabajadores autónomos. Esto impide que trabajadores escasamente independientes, como los de plataformas, puedan asociarse para negociar sus condiciones de trabajo. Desde la OCDE hasta el Parlamento Europeo han subrayado la necesidad de abordar este problema, de plena actualidad a ambos lados del Atlántico.

 

DERECHOS COLECTIVOS

Los senadores proponen importar el sistema europeo de negociación colectiva sectorial. La sindicalización y negociación colectiva, en EE UU, tiene lugar a nivel de empresa y centro de trabajo. En Europa, la negociación colectiva se produce, además, a un nivel superior: el sector de actividad. A menudo, sindicatos y patronal negocian en nombre del conjunto de trabajadores y empresas de cada sector específico, por ejemplo, establecimientos hosteleros, industria química y comercio textil. De esta forma, todas las empresas del sector deben cumplir con las condiciones pactadas. Este modelo, hoy en el debate político estadounidense, exige, no obstante, una defensa reforzada en Europa, tras la degradación padecida en los últimos años. En España, la reforma laboral del PP, en 2012, dio prioridad al convenio de empresa sobre el sectorial, incluso en materia de salarios, desprotegiendo así a muchos trabajadores, sometidos actualmente a condiciones de trabajo inferiores a las del sector. El Gobierno socialista en funciones ha prometido, no obstante, recuperar la prioridad aplicativa del convenio sectorial.

Warren y Sanders quieren, igualmente, reforzar el derecho de huelga, por ejemplo, prohibiendo la sustitución de trabajadores huelguistas y legalizando las huelgas intermitentes.

Contratación pública y salario mínimo son dos cuestiones a revisar

Los demócratas quieren vetar que se discrimine por orientación sexual

Sin embargo, la propuesta más atractiva que comparten Warren y Sanders es quizá la de la cogestión o codecisión: que los trabajadores de las mayores empresas estadounidenses puedan elegir al menos el 40% (Warren) o 45% (Sanders) de los miembros del consejo de administración, siguiendo el modelo alemán, donde los trabajadores participan, a través de los “consejos de vigilancia” en la aprobación, por ejemplo, de cargos directivos, retribuciones o cuentas anuales, un mecanismo de democratización de las sociedades capitalistas que permite otorgar voz y voto a la plantilla en la toma de decisiones fundamentales.

Sanders va más lejos en lo que se refiere al control y participación de los trabajadores, y sugiere que determinadas grandes empresas otorguen el 2% anual de sus acciones, hasta el 20% del total, a sus trabajadores —también aquellas que automaticen la producción o que la deslocalicen a países con estándares inferiores, asegurando así que los beneficios de tales transformaciones repercuten a los trabajadores despedidos como consecuencia de las mismas—, y plantea fomentar, con ayudas económicas, el traspaso a manos de los trabajadores de las empresas que los emplean cuando estas salgan a la venta, cuando vayan a cerrar o cuando sus propietarios vayan a jubilarse.