Bajón total de multas
La CNMC recaba apoyo de Bruselas para defender un caso en el Supremo, tras un alud de fallos contra sanciones.
A la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) le gusta describir la fusión de la antigua autoridad de Competencia (CNC) y los distintos reguladores sectoriales como una especie de OPA de la primera sobre los segundos. La reputación internacional de la CNC era tangible. En la publicación especializada Global Competition Review de 2013, último año en que existió, la autoridad de Competencia española aparece clasificada en el décimo lugar del mundo y en el quinto de Europa. Por eso, los críticos a la fusión sostienen que se ha estropeado algo que funcionaba.
Su último presidente, Joaquín García Bernaldo de Quirós, se despidió: “Nunca las instituciones de defensa de la competencia en España han sido más activas”. Competencia era temida. Entre 1989 y 2009 se habían destapado 10 cárteles. De enero de 2010 a julio de 2014, 27. ¡España es el primer país en resolución de cárteles!
La agresividad de la última fase no se libró de críticas. Destacó el multazo de 119 millones de euros impuesto a Telefónica Móviles, Vodafone y Orange, por sus “precios excesivos” en los servicios mayoristas de mensajes SMS y MMS de móviles. O los 88,5 millones que les cayeron a 13 navieras que cubrían la ruta marítima con Marruecos. En 2012-2013, las multas de Competencia sumaron 454,10 millones, en un subidón del 88%. La cuantía era el 785% superior a la de 2007-2008, según Garrigues.
Ahora, el presidente de la CNMC, José María Marín Quemada, ha señalado que las multas encarnan “cierto fracaso del sistema”. Tráfico no multa a los conductores si no la pifian, es cierto, pero también lo es que “la actividad sancionadora [de la CNMC] ha decaído notablemente”, pues en sus primeros ocho meses “sólo impuso multas en cuatro expedientes, siendo el montante total de las sanciones de 14,5 millones”, destaca el doctor en Derecho Mercantil Fernando Díez Estella en su Informe sobre la CNMC (Fundación Ciudadanía y Valores). “Sea por lo que sea, la intensidad dela aplicación del Derecho de la Competencia en España ha disminuido y el impulso que la CNC había conseguido se ha perdido”, añade.
El superregulador replica que en esta primera etapa no ha topado con asuntos de calado. Pero es difícil imaginar a dónde ha ido buena parte de la energía inicial del organismo fruto de una fusión de siete entidades en una sin apenas transición, y con los organismos fusionados en contra. ¿Tiene el regulador capacidad de espantar con la amenaza de multas? La CNMC apunta que las multas deben ser “proporcionales y disuasorias”, y que “eso depende de la ley”. Economía destaca que las multas “están en línea con las de Francia, Alemania y Reino Unido”, y que no prevé cambios. Según la ley vigente, de 2007, la multa máxima es del 10% del negocio del sancionado.
Es probable que la CNMC se haya visto influida por una circunstancia nueva: la tensión con los jueces. La Audiencia Nacional ha ido tumbando sanciones impuestas por Competencia, no porque negara la infracción, sino porque acotó el límite máximo de la multa sobre el 10% del volumen de negocio del “mercado afectado” por la infracción, y no sobre el negocio total de la empresa, como venía haciendo. Es decir, aferrándose a la ley anterior de 1989, derogada parcialmente. Muchos fallos se han emitido con votos particulares, y han sido recurridos en casación. “Seguro que los jueces aplican bien la ley, pero no es evidente que el criterio económico esté instalado en los jueces de muchos países”, lamentan en la CNMC. La institución ha recurrido a Bruselas para que se persone en un caso —no ha trascendido cuál— encallado en el Supremo y respalde su defensa de una sanción. Los juristas lo llaman amicus curiae, figura habitual en EE UU, no en la UE.
La Audiencia Nacional fuerza a revisar a la baja la cuantía de las multas
El profesor de la escuela de negocios IE y ex defensor de Competencia de Madrid Francisco Marcos, ha revisado qué ocurrió con la aplicación privada de las normas de Competencia entre 1999 y 2012. Concluye que fue a partir de 2007 cuando proliferaron las reclamaciones de daños y perjuicios —dejó de exigirse una decisión firme previa del antiguo Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC)—, aunque con “magros” resultados en indemnizaciones. Sólo uno de los 323 casos recogidos por Marcos fue una reclamación formulada por consumidores. El sector que se lleva la palma en litigios: las gasolineras.