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El hermano pobre sigue congelado

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Febrero 2018 / 55

El IPrem, que sustituyó al SMI como referencia para fijar las ayudas sociales, apenas ha subido desde su creación, en 2004.

El salario mínimo interprofesional (SMI) dejó de ser la referencia para fijar la cuantía de las ayudas sociales en 2004, cuando el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero decidió sustituirlo por el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), cuya cuantía se fija cada año en la ley de Presupuestos Generales del Estado. Como el Ejecutivo del Partido Popular aún no ha reunido el apoyo parlamentario necesario para sacar adelante las cuentas públicas de 2018, el IPREM mensual continúa en los 537,84 euros mensuales, igual que en 2017.

El SMI y el IPREM han seguido trayectorias notablemente distintas desde el nacimiento de este último. Frente a una subida de casi el 40% del sueldo mínimo entre 2004 y 2018, el indicador social apenas ha avanzado un 15% en el mismo período (véase el gráfico). Desde que Mariano Rajoy asumió la presidencia del Gobierno, hace siete años, el IPREM tan sólo ha subido 5,33 euros, un incremento que precisamente tuvo lugar en 2017, cuando aumentó el 1%, de los 532,51 euros al mes a los 537,84 actuales.

El IPREM sirve de guía para conceder ayudas, subvenciones, becas y prestaciones por desempleo tanto a escala estatal como autonómica y local. También se utiliza para fijar los umbrales de acceso a una vivienda de protección oficial, al bono social eléctrico o a la justicia gratuita, así como a las pensiones por terrorismo y  a las prestaciones por maternidad no contributivas. Se trata, por tanto, de ayudas que benefician a los colectivos más vulnerables económica y socialmente.

La prestación por desempleo, por ejemplo, se calcula de la siguiente manera: el mínimo para un trabajador parado sin hijos es el 80% del IPREM mensual más una sexta parte, equivalente a 497,01 euros mensuales, mientras que la prestación máxima para desempleados con dos o más hijos es el 225% del IPREM más una sexta parte: 1.397,84 euros al mes.  La congelación del indicador, sin embargo, puede beneficiar a aquellos que soliciten el bono social eléctrico, pues tienen derecho a él las familias cuyos ingresos se acerquen más al IPREM. Por ejemplo, pagan el 25% menos  aquellos hogares sin niños con unos ingresos iguales o inferiores a 1,5 veces el IPREM en 14 pagas, un umbral que asciende a dos veces el IPREM si hay  un menor  en el hogar y a 2,5 veces si hay dos o más menores.

Los sindicatos piden una actualización periódica

Los sindicatos reclaman desde hace tiempo que las prestaciones sociales que utilizan como referencia el IPREM recuperen el poder adquisitivo perdido y que se establezca un método permanente para su actualización. CC OO y UGT remitieron hace un año al Ministerio de Empleo una carta con una propuesta al respecto y aún siguen a la espera de contestación. 

Los representantes de los trabajadores recuerdan que el IPREM acumula una pérdida de 9,1 puntos porcentuales con respecto a la inflación desde 2011, lo que supone un revés “inaceptable” para quienes más necesitan las ayudas sociales. El artículo 2 del Real Decreto Ley que recogió la creación del IPREM en el año  2004 determina como umbral mínimo de actualización anual la previsión de inflación  y establece que con anterioridad a la aprobación del proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado el Gobierno  debe consultar la cuantía del indicador con las  principales organizaciones empresariales y sindicales.