PAH: triunfo histórico
Cuando el derecho a una vivienda digna parecía un objetivo utópico y una causa perdida, una serie de acontecimientos han cambiado radicalmente el panorama. La formación de un nuevo Gobierno de izquierdas y las contundentes exigencias europeas han abierto un horizonte de esperanzas que podría remediar la secuela más dramática que ha dejado la crisis financiera que ha causado medio millón de desahucios.
La decisión más significativa de este cambio ha sido la toma en consideración por el Congreso de los Diputados de la proposición de ley de emergencia habitacional y de la pobreza energética. Se trata de un texto elaborado por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) que recoge las reivindicaciones planteadas inicialmente en la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) en 2011 para hacer frente a los desahucios. Es difícil encontrar en nuestra historia reciente un ejemplo de compromiso social más heroico que el mostrado por los miles de integrantes anónimos de las plataformas de la PAH en defensa de las familias que fueron expulsadas de sus casas .
La ILP, convertida en proposición de ley de regulación de la dación en pago, paralización de desahucios y de alquiler social, que había logrado el apoyo de 1.402.845 firmas, fue durante años sistemáticamente bloqueada por el Gobierno del Partido Popular. El proyecto aprobado el pasado septiembre presentado por Unidos Podemos y apoyado por el PSOE, ERC, PDeCat, Bildu y Compromís, persigue acabar con los desahucios, luchar contra el sobreendeudamiento, fomentar el alquiler asequible, aumentar el parque de vivienda social y garantizar los suministros básicos para evitar la pobreza energética.
Entre las propuestas concretas destacan: la dación en pago, la garantía de la Administración de realojar en vivienda adecuada a las familias en riesgo de exclusión que estén en un proceso de lanzamiento y aumento del plazo de los contratos de arrendamiento. El proyecto incluye medidas como la cesión a la Administración pública del 100% de las viviendas que gestiona la SAREB. Para dar respuesta al difícil acceso a la vivienda a las personas con menos ingresos plantea “la necesaria contraprestación social de las entidades privadas que han recibido ayudas públicas para proseguir con su actividad privada y que han mercantilizado un derecho básico como la vivienda”. Las entidades beneficiarias de ayudas deberán ofrecer alquiler social en supuestos de lanzamientos o daciones.
Un segundo hecho significativo también registrado el pasado septiembre han sido las conclusiones de Maciej Szpunar, abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que censura el procedimiento de ejecución hipotecaria que se aplica en España. Se trata de la enésima reprimenda europea en esta materia. El pronunciamiento del abogado general, que el TJUE suele tomar muy en cuenta, contesta a las dudas expresadas por el Tribunal Supremo y otros cuatro órganos judiciales españoles sobre la interpretación de la abusiva cláusula de vencimiento anticipado. Dicha cláusula permite al banco la ejecución y posterior desahucio del deudor cuando deja de pagar un solo plazo (actualmente tres) de la hipoteca. El abogado general señala que una vez declarada abusiva la mencionada cláusula no debe continuar el procedimiento de ejecución por ser contrario al derecho comunitario.
Estas conclusiones llegan después de que el TJUE haya condenado repetidamente a España por las ejecuciones hipotecarias. La primera sentencia fue en marzo de 2013 por el caso Mohamed Aziz, defendido por el abogado Dionisio Moreno, que acarreó la cuestión prejudicial presentada por el magistrado José María Fernández Seijo ante el Tribunal Europeo de Luxemburgo. En esa ocasión se consideró que la legislación española que regulaba las ejecuciones hipotecarias era incompatible con el derecho comunitario de defensa de los consumidores. A esta sentencia siguieron otras resoluciones judiciales condenatorias y fueron especialmente significativas las relativas a las cláusulas suelo y al vencimiento anticipado que han obligado al legislativo a modificar las leyes.
Sin embargo, las modificaciones legales provocadas por las sentencias del TJUE han sido tan deficientes que han precisado nuevas correcciones del Tribunal Europeo. Las próximas sentencias de los jueces europeos sobre esta materia previstas para los próximos meses podrían ser decisivas para modificar, de una vez por todas, la injusta regulación de las ejecuciones hipotecarias.
En esta materia España se encuentra completamente en falso al no haber efectuado todavía la transposición de la directiva europea sobre contratos de crédito para bienes inmuebles de febrero de 2014. España lleva ya más de dos años de retraso en la transposición de esta directiva, motivo por el que pende una posible multa de 105.000 euros diarios. En noviembre de 2017 el Gobierno del PP envió al Congreso el proyecto de ley de crédito inmobiliario cuyo principal objetivo era transponer la directiva, que se encuentra estancado.
Un tercer cambio ha sido la decisión de Ayuntamiento de Barcelona, que preside Ada Colau, de obligar a los promotores a reservar el 30% del techo construido a viviendas sociales. Hay que recordar que las viviendas protegidas casi han desaparecido tras reducirse a unas 7.000 al año, un 8% de las construidas antes de la crisis.
Paralelamente, el Gobierno de Pedro Sánchez planea medidas contra los dueños de viviendas vacías y se personará en el proceso penal contra la Comunidad y Ayuntamiento de Madrid por la venta a fondos buitre de 5.000 viviendas de alquiler social efectuada por Gobiernos del PP. La posibilidad de que el derecho a la vivienda sea realmente efectivo es más firme que nunca.