El IRPH supone duplicidad de pagos
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Por Andreu Missé (Director fundador y editorialista de Alternativas Económicas)Septiembre 2019
Abusividad: El abogado general Maciej Szpunar precisa que el juez debe verificar si la información que facilitó el banco al cliente es transparente.
Manifestación de afectados por el IRPH en el País Vasco.
Las conclusiones presentadas por Maciej Szpunar, abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), suponen un importante apoyo a las tesis que sostienen que el índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) es una cláusula abusiva. La primera conclusión de Szpunar es que esta cláusula “no está excluida del ámbito de aplicación de esta directiva”. La directiva europea 93/13 de 1993 trata sobre cláusulas abusivas. Lo relevante de las conclusiones del abogado general es que explica con detalle la fórmula de cálculo del IRPH que permite comprobar cómo las hipotecas con esta cláusula pagan dos veces las comisiones y los gastos.
Esta duplicidad de pagos es la explicación fundamental por la que los intereses pagados en las hipotecas...
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