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Atados por las cláusulas suelo

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Junio 2015 / 26

Los bancos aprovecharon su mejor información para impedir que los particulares se beneficiaran de la baja de tipos

LA LETRA PEQUEÑA: Las cláusulas impiden beneficiarse de la rebaja de tipos de interés.
FOTO:  ANDREA BOSCH

El conflicto de las cláusulas suelo es un típico caso de asimetría de la información. Los bancos, con mejor información que los particulares, incluyeron en los contratos hipotecarios unas cláusulas para protegerse de una caída de los tipos de interés, asegurando, por ejemplo, que los clientes pagarían como mínimo el 4%. Como compensación les ofrecieron que nunca les cobrarían más del 8%, aunque los tipos subieran mucho más. Lo que ha ocurrido es que los tipos bajaron a casi cero, como preveía la banca, pero las cláusulas han impedido a millones de ciudadanos beneficiarse de la caída generalizada de tipos.

La banca contó con el favor del Banco de España, que intervino en el conflicto justificando a las entidades financieras. El asunto generó un aluvión de demandas que no ha cesado hasta estos días. Se han registrado avalanchas de demandas en Andalucía, León y Barcelona. En esta ciudad, el magistrado José María Fernández Seijo asegura: “En Barcelona estamos recibiendo 100 demandas semanales por cláusula suelo, que resolvemos en cuatro o cinco meses, pero en Andalucía, que están más colapsados, necesitan un año”.

La asociación de consumidores ADICAE, consciente de que se trata de un conflicto generalizado, presentó en 2010 una demanda colectiva contra 101 entidades financieras, en la que representa a más 15.000 afectados. En la vista celebrada en Madrid el pasado abril, la asociación denunció la actitud de los abogados de la banca de querer alargar el proceso y la falta de colaboración del fiscal.

En mayo de 2013, el Tribunal Supremo declaró abusivas las cláusulas suelo aplicadas por BBVA, NCG Banco y Cajas Rurales, pero no resolvió con claridad si los afectados podían reclamar los intereses excesivos pagados indebidamente durante todo el período del contrato. Una reciente sentencia del alto tribunal en el pasado mes de febrero se ha mostrado muy comprensiva con la banca al limitar la devolución de los intereses cobrados indebidamente al 9 de mayo de 2013. El tribunal argumentó que la “retroactividad de la sentencia generaría el riesgo de trastornos graves al orden público económico”. Dos magistrados han presentado votos particulares para desmarcarse de esta doctrina que entiende de difícil aplicación en los momentos actuales. Para estos magistrados no es aceptable invocar ahora “el posible riesgo de trastornos sistémicos de las entidades financieras” para negar la plena devolución de lo cobrado indebidamente, después del saneamiento público que se ha efectuado. Y habría que añadir: de los beneficios que obtienen.

La iniciativa de presentar demandas colectivas por este tipo de conflictos fue promovida en 2012 por el ex fiscal general de Galicia, Carlos Varela. La asociación ACOUGA, que preside Manuel Pérez Arias, ha impulsado una demanda colectiva para las preferentes. En Madrid, otra iniciativa asociativa es la lanzada por las asociaciones Asuapedefín, Adabankia y Zunzunegui Abogados. Éstas se han unido para defender los intereses de los 200.000 posibles afectados por la salida a Bolsa de Bankia.