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Empleo inestable y ‘low cost’

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Diciembre 2021 / 97

La polémica reforma laboral de 2012 no resolvió ninguno de los problemas esenciales del mercado de trabajo y ha fracasado en la lucha contra los excesos de la temporalidad.

El número de empleos vacantes en España se ha duplicado desde que, en 2014, la economía empezara a levantar cabeza tras el batacazo de la crisis de 2008. Ha pasado de 54.000 a 119.212, según el Instituto Nacional de Estadística (INE). Son cantidades muy bajas, pero no dejan de llamar la atención en el país con más paro de la Unión Europea, el 14,6%. 

Que no acaben de casar oferta y demanda es una dificultad añadida a la larga lista de problemas enquistados y más que diagnosticados en nuestro mercado de trabajo: hipersensibilidad a los ciclos económicos, persistencia de una parte de desempleo aunque sean tiempos de bonanza, polarización del empleo en actividades de alto y de bajo valor añadido, deficiencia en la formación, envejecimiento de la fuerza laboral, sobrecualificación (en especial, entre las personas más jóvenes que trabajan). Y, sobre todo, la sangría del empleo temporal. 

Ninguno de estos síntomas fue resuelto por la reforma laboral de 2012, la que ha ido más lejos en el avance hacia la flexibilización del mercado laboral, y también la más celebrada por las instituciones internacionales. 

Esta reforma, aprobada por el Gobierno de Rajoy bajo presión de una prima de riesgo disparada y a las puertas de un rescate financiero, se presentó como una especie de trueque: se le facilitaba la vida al empresariado con medidas que iban a reducir sus costes laborales, a cambio de que el despido fuera su última opción. Al fin y al cabo, el Ejecutivo aseguró que perseguía “la estabilidad del empleo”.

Más empleo, pero no tanto 

Pero las cosas no son tan sencillas. En 2016, la Comisión Europea calculó que la reforma laboral había evitado que se perdieran 400.000 puestos de trabajo. Ese mismo año, un informe de BBVA Research estimaba que, sin la reforma, no se habrían podido salvar 910.000 empleos a tiempo completo adicionales entre 2012 y 2015. 

Sin embargo, España nunca había registrado un nivel de paro tan bajo como en el segundo trimestre de 2007 (7,9%, según la Encuesta de Población Activa), cinco años antes de la reforma laboral, con una economía dopada por la construcción. Y el país nunca alcanzó un nivel de paro tan elevado como en el segundo trimestre de 2013 (26,9%), tras un año de aplicación de la reforma laboral que se suponía que facilitaba medidas de flexibilidad para evitar despidos. Es más, en 2019, después de seis años de crecimiento económico, el paro solo había bajado hasta quedarse en… el doble del que había en 2007. ¿Era el paro culpa de la regulación laboral? 

"La reforma ha tenido un gran efecto oculto: no ha servido para mejorar la productividad. El abaratamiento de costes no ha ayudado a dar un vuelco a un modelo productivo en el que predominan sectores que requieren costes bajos, a los que precisamente no les sale a cuenta innovar, cuando es un modelo condenado al fracaso. Mientras, nuestros competidores han estado invirtiendo en tecnología y en digitalización”, señala el profesor de Estudios de Economía y Empresa de la UOC, Josep Lladós. Valga decir que, entre 1985 y 2019, el peso de la industria en la economía descendió 14 puntos porcentuales. 

A esta cuestión de fondo se les superponen segmentaciones del mercado de trabajo por edad o nivel educativo. “Hoy hay menos gente de 30 años trabajando que hace 10 años y, aunque dos terceras partes de los nuevos empleos creados desde 2014 correspondan a personas con estudios superiores, los puestos de trabajo que ocupan no requieren habilidades de alto valor añadido. Este es otro tipo de precariedad”, añade Lladós. 

Temporalidad sin comparación

La gran segmentación la define la duración del contrato. No hay otro país de la UE con una proporción tan elevada de contratos con fecha de caducidad: el 26,3% del total, frente al 15% de media europea en 2019, según Eurostat.

La desmedida temporalidad —que alimenta los llamados “empleos atípicos o no estándar”— es uno de los factores que la OCDE  toma en consideración cuando apunta a “las vulnerabilidades” de la economía española y de su mercado laboral, que se han visto “reforzadas” por la crisis de la pandemia, según su informe Economic Policy Reforms 2021: Going for Growth.

“La ausencia más notable en la reforma de 2012 es su incapacidad para reducir la temporalidad y la dualidad patológica de nuestro mercado de trabajo”, escriben Jesús Lahera Forteza y José Ignacio Conde-Ruiz en un balance publicado este año por el Centro de Economía Política de Esade. Incluso los economistas que, como los citados, reivindican que se preserve la flexibilidad laboral lograda, admiten abusos y usos fraudulentos de la temporalidad y proponen medidas para atajarla.

No es (solo) el turismo

El hecho de que el turismo o la hostelería pesen tanto en la economía española podría llevar a pensar que esa es la razón de la elevada temporalidad. De hecho, la contratación temporal cobra su sentido en sectores con una elevada estacionalidad, además de requerirse  ante incrementos de la producción o para sustituir a una persona de baja. Sin embargo, la comparación con la UE desbarata explicaciones como estas. 

Abaratar los costes no ha ayudado a cambiar el modelo productivo

Los contratos breves se dan en empresas de todos los sectores y tamaños

La tasa de contratos de corta duración en España es muy superior a la de la UE en el sector sanitario y los servicios sociales, en las administraciones públicas, en la industria energética, en la hostelería, en las actividades artísticas de ocio. Sobre todo, lo es en la construcción (la diferencia con la media europea llega a ser de casi 24 puntos porcentuales) y en la agricultura (23,5 puntos). La brecha entre la tasa de temporalidad de España y la de la UE ha ido a más (de 9,5 en 2012 a 12,6 puntos en 2019).

Con o sin reforma, los contratos temporales siguen funcionando como variable de ajuste: cuando vienen mal dadas, son los primeros que caen. Y en los buenos tiempos, vuelven a ser la apuesta. Antes de que estallara la burbuja en 2008, la temporalidad llegó a superar el 30% de la contratación. Pinchó con la crisis y, desde el inicio de 2014, volvió a incrementarse. Hasta que llegó la pandemia.

Miniempresa y contrato fugaz

El Gabinete Económico de Comisiones Obreras ha estudiado los costes económicos y sociales de las reformas laborales de 2012 (y de la que fue su anticipo, en 2010), y concluye que la temporalidad se da en empresas de todos los tamaños, y no solo en las pymes como se suele pensar, aunque la hiperflexibilidad en el uso de la contratación temporal ha propiciado la aparición de empresas muy pequeñas y volátiles.

La duración media de los contratos es, además, cada vez menor. Los que duran menos de siete días se han duplicado desde la reforma laboral: según datos del SEPE, han pasado de tres millones a poco más de 6,1 millones en 2019. El encadenamiento de contratos afecta a 4 de cada 10 temporales. Y la rotación es muy elevada. Se necesitan más contratos indefinidos por cada nuevo empleo indefinido. 

Pese a que la inestabilidad está afectando más a las personas trabajadoras de entre 16 y 29 años (con una temporalidad del 55,4%), el problema no se arregla con la edad. Casi una tercera parte de las que están en la treintena continúan atrapadas en la temporalidad. 

Díaz y la contratación temporal

Atajar el exceso de temporalidad centra los intentos de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, para revertir algunos aspectos de la reforma laboral, los que, al igual que los sindicatos y en discrepancia abierta con la ministra de Economía, Nadia Calviño, considera más lesivos. Tras proponer un porcentaje máximo generalizado de contratos temporales, que suscitó el rechazo de los agentes sociales, la discusión se ha redirigido a poner coto en el tiempo a los contratos temporales partiendo de su causa y distinguiendo entre empresas según su tamaño. 

6,1 millones de contratos de menos de siete días había en 2019. El doble que en 2012

6,2% Es la caída del salario/hora real que, de media, se ha producido entre 2008 y 2019

43,9% Es la tasa de temporalidad de los contratos a tiempo parcial

El problema de la temporalidad se agudiza en el caso de los contratos de tiempo parcial. En estos últimos, alcanza el 43,9%. 

La temporalidad está estrechamente relacionada, como causa, con la devaluación salarial propiciada por la reforma laboral de 2012, pues los temporales carecen de poder de negociación. Conde-Ruiz y Lahera Forteza recogen un dato revelador: los temporales despedidos en la crisis de 2008 que fueron recontratados mediante otro contrato temporal han sufrido caídas salariales del 32%. 

 

Devaluación "estructural"

En 2019, el salario real era el 6,2% inferior a lo que una misma persona percibía por desempeñar una misma tarea en 2008, según el índice de precios del trabajo ITP del INE. “Las reformas de 2010 y 2012, dice CC OO, “no buscaban hacer el empleo más estable, sino provocar una devaluación salarial y de condiciones de empleo más profunda a la que ya estaba operando el mercado durante la recesión”. Sus efectos son “estructurales, en la medida en la que presionan permanentemente a la baja los salarios también durante las etapas de crecimiento”. 

En la misma línea, en su último balance de la reforma de 2012 UGT habla de “ruptura de los mecanismos básicos que hacían que en las fases de crecimiento los salarios sí ganaran poder de compra”.

La caída de los salarios en el sector privado y la reducción del salario medio pactado en los convenios colectivos afectaron más a los colectivos con salarios más bajos, pero la reforma no ha tenido efectos significativos en el peso de los convenios de empresa ni en la tasa de cobertura de la negociación colectiva, según los estudios que recogen María del Pino Ramos-Sosa y David Troncoso-Ponce en un balance sobre la reforma laboral. 

Convenios de empresa

De 2012 a 2013 se duplicó el número de nuevos convenios de empresa (de 323 a 625). A partir de entonces, la cifra ha ido bajando año a año. “Las pymes no han corrido a hacer un convenio de empresa… en realidad, porque, de hecho, la devaluación salarial ha hecho innecesario el descuelgue. La reforma permitió que los salarios se recortaran sin grandes resistencias ni controles”, interpreta desde el Gabinete Económico de CC OO su director, Carlos Martín.

“En cambio, las empresas grandes, que además de practicar la competencia desleal con las pymes en fiscalidad y en financiación, lo han vuelto a hacer creando empresas multiservicios con convenios firmados por representantes amarillos de trabajadores, con precios por los suelos”, añade. Sostiene que la prevalencia del convenio de empresa ha incitado la subcontratación de actividades. 

Movilizaciones contra los despidos en la cadena hotelera Westin Palace. Fotografía: CC OO

La razón que el Gobierno del PP y los economistas liberales adujeron para la prevalencia del convenio de empresa y para la facilitación de los descuelgues según la circunstancia de cada empresa —parte de la reforma que ha defendido públicamente el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos— era “la rigidez” de la negociación colectiva. Un ejemplo: en 2008 y 2009, con la economía en retroceso, se pactaron aumentos de salarios reales, lo que, subrayan, intensificó el ajuste vía despidos en lugar de vía salarios.

El subdirector de Fedea no resta efectividad al escaso éxito de los convenios de empresa, y apunta que para poder evaluar el grado de flexibilidad que estos permiten habría que esperar a ver qué sucedería en una nueva crisis.

En 2020 se presentó una muy clara: el parón mundial por la covid-19. Pero el Gobierno de Pedro Sánchez optó por sostener el empleo costeando las suspensiones temporales de empleo al relanzar la figura de los ERTE. Sin los ERTE, Carlos Martín augura que sí habrían aumentado los convenios de pymes, así como los descuelgues para rebajar condiciones laborales. Y también, los despidos masivos.

Trabajadores pobres

Tras reconocer que la reforma no ha producido grandes cambios en la negociación colectiva y elogiar que genera más empleo, el FMI sí admite algunos aspectos perjudiciales. Observa “un impacto negativo de la reforma en la pobreza entre quienes trabajan (véase gráfico). Según Eurostat, solo Rumanía arroja una proporción superior a la de España en trabajadores pobres.El FMI también asume que ha habido “un deterioro  en el empleo a tiempo parcial involuntario y una reducción en la media de horas trabajadas”. 

Desde Fedea se admiten algunos “aspectos lesivos” de la reforma, que globalmente defienden. Destacan “la posibilidad de una devaluación salarial desproporcionada en empresas con presencia sindical débil”, y sugieren que el convenio de empresas solo sea prioritario en pymes de más de 50 trabajadores con comité, sobre la base de un salario sectorial; también que se acoten los cambios unilaterales de condiciones salariales. 

Formación 

Dos desarrolladores en el I Parc Tecnològic de Barcelona Activa.
Fotografía: Laura Guerrero

Para el profesor Lladós, de la UOC, se pueden simplificar tipos de contratos, perseguir abusos o poner límites a la temporalidad, pero “sin cambio de modelo productivo poco se conseguirá”. El reto, avisa, es la inversión continua en formación, el incremento de competencias, la productividad. “Ahora habría que centrarse en la flexibilidad interna con nuevas formas de organización del trabajo”. Sin embargo, la temporalidad no es ajena a todo ello. El 77% de los trabajadores temporales no ha tenido formación en el puesto de trabajo en el último año, según la última Encuesta Europea sobre Condiciones de trabajo. 

Hay que reformular la políticas activas que hagan empleables a las personas, ligar los ERTE a formación, apostar por una mayor capacitación a sus plantillas por parte de las empresas, combatir la temporalidad. El tiempo se le agota al Gobierno de coalición este mes para resolver asignaturas pendientes ligadas a un mercado de trabajo dinámico pero con componente importante de low cost. Parte de los fondos europeos depende de que lo consiga.

 

La reforma que fue más lejos

Principales cambios vigentes que introdujo la reforma laboral de 2012:

• Los empresarios pueden decidir unilateralmente cambiar las condiciones laborales, incluidos el salario y la reducción de jornada, en determinadas circunstancias. Se les facilitó también la movilidad geográfica y los cambios de funciones de los trabajadores. 

• Cuando vence un convenio colectivo, no se prorroga automáticamente mientras se pacta el siguiente.

• Se abarató el coste del despido improcedente de 45 a 33 días de salario por año trabajado (con un tope de 24 mensualidades). Se eliminó el pago del salario entre un despido improcedente y la sentencia. 

• Se ha fomentado el trabajo a tiempo parcial: se ha flexibilizado su uso, que permite horas extras.

Prevalencia del contrato de empresa sobre el contrato sectorial (una empresa puede empeorar las condiciones laborales mínimas de un sector). Se facilita el descuelgue del convenio.

• La Administración ya no tiene que autorizar los despidos colectivos

• Se amplían los criterios para valorar las causas que pueden justificar los despidos. No se pueden encadenar contratos temporales más de 24 meses.